
Para poder emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes previamente deberán dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente.
Cabe destacar que la AFIP incorporó de forma progresiva a las distintas categorías del Régimen Simplificado hasta sumar finalmente a la “A”.
Quedan exceptuados de la obligación aquellos contribuyentes que opten por emitir sus comprobantes mediante el uso de controladores fiscales. En ese caso, deberán solicitar previamente la habilitación del equipo.
FUENTE: Ambito.com