El próximo 6 de febrero el TOC 1 de Dolores dará a conocer la sentencia contra los ocho acusados. Todos los detalles, en la nota.
Tras los alegatos, el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa se definirá el próximo 6 de febrero cuando Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Dolores dé a conocer su veredicto contra los ocho rugbiers acusados de matar al joven en Villa Gesell.
Después de tres semanas de intensos debates, testimonios inesperados y polémicas, las audiencias terminaron con el pedido de absolución por parte de la defensa de los agresores, mientras que del lado de la Fiscalía y los damnificados solicitaron la pena de prisión perpetua para todos los involucrados.
Ahora el tribunal encabezado por la jueza María Claudia Castro deberá decidir qué penas aplica y cómo se computarán los años en los que los acusados ya estuvieron tras las rejas.
Las diferentes posibilidades
El miércoles 25 de enero fue el turno de los alegatos de la querella y la Fiscalía. Esta jornada, que duró más de 10 horas, fue decisiva ya que ambos letrados coincidieron en el pedido de condena.
Después de varias horas concluyeron que todos los imputados tenían la misma responsabilidad y rol en el asesinato de Fernando, motivo por el cual también solicitaron prisión perpetua.
Al día siguiente, 26 de enero, se dio lugar a los alegatos por parte de Hugo Tomei a cargo de la defensa de los rugbiers. Aunque se esperaba una jornada más extensa, el abogado solo estuvo un poco más de una hora con la lectura de condena.
Tomei pidió la absolución de todos los acusados ya que el crimen “no estaba comprobado” y dijo que “toda evidencia está contaminada”. Luego pidió la nulidad del secuestro de celulares y prendas de vestir obtenidas en el allanamiento del 18 de enero de 2020.
Aun así, ningún letrado del juicio permitió el avance de este pedido y en el alegato el abogado defensor pidió tres posibles imputaciones y sentencia contra sus clientes.
La figura del homicidio en riña o agresión al igual que el preterintensional prevén penas de hasta seis años de prisión. El primero se trata de una agresión donde no se tiene la intención de ir a matar pero hay un resultado muerte y donde no se puede identificar a el o los autores del crimen.
En el homicidio preterintensional sí hay una intención de ir a provocar una lesión pero de una magnitud tal que no es provocar la muerte. En esta figura penal el autor está determinado.
El homicidio con dolo eventual quiere decir que los imputados debieron haberse percatado que con las patadas y puñetazos que le dieron a Fernando Báez Sosa podrían ocasionarle la muerte, pese a lo cual prosiguieron con su accionar. Esa figura penal contempla una pena de ocho a 25 años de prisión.