¿Qué productos no se podrán ingresar a la Argentina?
Tanto al salir como al ingresar a la Argentina, ya sea por vía aérea, por agua o por tierra, los viajeros deberán pasar por el control de la Aduana y allí los funcionarios buscarán evitar el ingreso de los productos expresamente prohibidos por la Agencia:
- Armas y explosivos, salvo con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
- Estupefacientes.
- Material arqueológico y cultural.
- Mercadería con finalidad comercial o industrial. Las personas que regresen del exterior sí tendrán permitido ingresar un teléfono celular y una notebook o tablet por persona. Además, conforme a la normativa vigente, también quedarán exentos los artículos declarados antes de la salida del país: indumentaria y objetos sin fines comerciales, de uso personal, entre otros.
- Límite de 500 dólares por vía aérea y marítima: franquicia extra de 500 dólares para compras en free shop. Menores de 16 años no emancipados: 250 dólares.
- Límite de 300 dólares por vía terrestre y río: franquicia extra solo en Puerto Iguazú. Menores de 16 años no emancipados: 150 dólares.
Si al regresar al país, el valor del objeto supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo, al ingresar por vía terrestre (cuya franquicia es de 300 dólares) un objeto comprado en el exterior por 400 dólares, se debe pagar la mitad del excedente (100 dólares) y con ello el usuario tendrá la obligación de abonar 50 dólares en la Aduana.