En relación a lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, quien solicitó al Sindicato de Trabajadores Municipales el cumplimiento de las prestaciones laborales mínimas que garanticen la provisión de los servicios esenciales de provisión y distribución de agua potable, recolección de residuos y fumigación durante el conflicto, detallando expresamente las modalidades de su ejecución, detallando la forma de distribución de los servicios mínimos garantizados y la reactivación de las prestaciones y de conformidad con lo requerido por esta autoridad en el marco del Expediente EX-2020-23692507- -GDEBA-DPNCMTGP, este Sindicato pone en conocimiento de la opinión pública el siguiente régimen de prestaciones laborales mínimas respecto del
SERVICIO DE RECOLECIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS ÚRBANOS:
ZONA CENTRO: LUNES, MIERCOLES Saldrán TRES (3) camiones de recolección compactadores.-
ZONA PERISFERIA: MARTES, JUEVES. Saldrán TRES (3) camiones de recolección compactadores.-
Dicho servicio garantiza un total de 12 camiones compactadores semanales abocados al servicio de recolección de residuos sólidos urbanos, resultando dicha prestación aproximadamente al 40% de la recolección normal y habitual, encontrándose de tal modo garantizada en EXCESO la prestación requerida dentro de la medida de fuerza vigente.
Para el cumplimiento de tales prestaciones mínimas resulta necesario que el DEPARTAMENTO EJECUTIVO proceda a reintegrar a los empleados del sector correspondiente (Recolección de Residuos), las llaves de ingreso (portones) y de los camiones compactadores para la efectiva prestación del servicio, puesto que las mismas se encuentran bajo guarda y custodia del Sr. INTENDENTE desde el día 24/12/2020, cuando procedió a llamar telefónicamente a cada uno de los empleados que tenían en su poder las mismas, para coordinar su entrega.
Es importante que se tenga conocimiento que hasta tanto el Sr. INTENDENTE proceda a la devolución de dichas llaves a los empleados del área en cuestión, nos vemos imposibilitados de cumplir con las prestaciones mínimas. Por ello se le solicitó al Ministerio en cuestión, exhorte en lo inmediato al Sr. INTEDENTE MUNICIPAL a reintegrar las mismas, a los fines de cumplimentar con lo estipulado. Entendemos necesario dejar expresamente aclarado que para cumplimentar con dicha requisitoria debemos exponer la salud de nuestros compañeros del sector de recolección, puesto que a la fecha el MUNICIPIO no ha dado cumplimiento a sus obligaciones en materia de SEGURIDAD e HIGIENE expresamente asumidas en el ACTA suscripta en el marco del Expte GDBA-2020-2025007 durante el mes de febrero del corriente año (2020).
En tal sentido, no podemos dejar de poner en vuestro conocimiento que NINGUNO de los camiones compactadores se encuentran en condiciones de circulación, al no contar con la VTV vigente (es decir TODOS la tienen vencida), no poseen matafuego reglamentario, se encuentran en su gran mayoría con las cubiertas en mal estado de conservación, y demás desperfectos mecánicos y eléctricos de menor índole que hacen al normal mantenimiento de las unidades. Paralelamente a ello, hacemos saber a los vecinos rosaleños que pese a las medidas de acción directa adoptadas por ésta entidad sindical, y a lo largo de la vigencia de la misma, JAMÁS se vieron interrumpidos los SERVICIOS de PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y FUMIGACIÓN, como falsamente indica el Municipio, los cuales continúan prestándose de manera continua e ininterrumpida de forma habitual pese a las medidas de fuerza adoptadas por ésta entidad sindical.
Por su parte, también se encuentran GARANTIZADOS los servicios de SEPULTURA, RECOLECCIÒN DE RESIDUOS PATOLÒGICOS (tanto en el Hospital Municipal Eva Perón, el Hogar del Anciano Municipal, y Geriátricos de la ciudad), SERVICIO DE BOCA DE TORMENTA, REJILLA y CAMIÒN DESOBSTRUCTOR, FORESTACION Y CAMIÒN GRUA (en caso de inclemencias climáticas), entre otros similares que pudiesen ser requeridos ante cualquier necesidad y/o urgencia en la ciudad y la zona.
Por su parte, y ante la FALTA DE PAGO del BONO convenido en el marco de la paritaria correspondiente al año 2020 ($4000) y el AGUINALDO correspondiente al segundo semestre del año en curso (2020), encontrándose ambas obligaciones visiblemente vencidas, se solicitó al Ministerio tenga a bien disponer lo necesario a fin de exigir al Departamento Ejecutivo el cumplimiento de las obligaciones salariales a su cargo, máxime tomando en consideración el carácter alimentario del salario.
Paralelamente a ello, se requirió una resolución definitiva respecto de la denuncia por practica antisindical efectuada por esta entidad gremial, ante el notorio incumplimiento al Convenio Colectivo de Trabajo por parte de la empleadora, en cuanto al intento de privatización y/o contratación directa de un servicio de recolección de residuos que tienda a sustituir a la planta de empleados municipales adheridos a la medida de fuerza dispuesta por este sindicato.
GARANTIZADOS LOS SERVICIOS MINIMOS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS, EL PARO SIGUE EN TODOS LOS TÉRMINOS, SIN NINGUNA MODIFICACIÓN.
Firmado
Marcelo Sottile, Secretario General
Raúl Almada Secretario de Prensa