
COLUMNA SEMANAL
Por Sandra Gómez de Saravia – Abogada – Asesora en Discapacidad
ACIJ. Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia GRUPO ART. 24 (s.f.).
“Por una Educación Inclusiva, Derecho a la educación Inclusiva”, del
Sitio Web http: //www.porunaeducacioninclusiva.org/
Como señala la Observación General N° 4, la educación inclusiva se opone a otros sistemas de enseñanza adoptados históricamente en relación a las personas con discapacidad: la exclusión, la segregación y la integración.
- EXCLUSIÓN
Se impide a la persona con discapacidad el acceso a todo tipo de educación.
- SEGREGACIÓN
Las personas con discapacidad solamente tienen acceso a escuelas especiales.
- INTEGRACIÓN
Las personas con discapacidad asisten a escuelas comunes sin que éstas modifiquen sus prácticas y estrategias de enseñanza.
Según el Comité, estos tres enfoques son discriminatorios.
La EDUCACIÓN INCLUSIVA, en cambio, implica que todas las personas se eduquen juntas y que las escuelas adopten las modificaciones que sean necesarias para que todas ellas aprendan y participen en igualdad de condiciones.
MANTENER UN SISTEMA DE ENSEÑANZA COMÚN Y UNO ESPECIAL NO ES COMPATIBLE CON LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
- La educación inclusiva tiene por objeto poner fin a la segregación en la escuela, garantizando que la enseñanza se brinde en espacios inclusivos, accesibles y que dispongan de los apoyos adecuados.
- La remisión de estudiantes con discapacidad a una escuela especial es en todos los casos una discriminación, tanto si ocurre en el nivel inicial, primario o secundario. Si la persona no alcanzó lo esperado por la institución educativa, es porque esta no adoptó las medidas adecuadas para garantizarle los aprendizajes. Por lo tanto, las escuelas deberán asegurar su continuidad en el año siguiente y revisar las prácticas pedagógicas y los apoyos utilizados para asegurar que sean los apropiados.
- Las escuelas comunes o entidades estatales que imponen o sugieren la inscripción de niños, niñas o jóvenes con discapacidad en un colegio especial llegado un determinado año o nivel, incurren en un acto ilegal que puede ser denunciado.
SI TE PASA, RECLAMÁ
- Si te imponen la derivación a escuela especial podés presentar un reclamo ante la escuela o ante el Ministerio de Educación de tu provincia. Estas opciones no son excluyentes: podés intentar primero reclamando ante la escuela y luego ante el Ministerio, directamente ante el Ministerio o ambas simultáneamente.
- Si a pesar de presentar una nota ante la escuela o el Ministerio de Educación, derivan a la persona con discapacidad a la escuela especial, continúan las gestiones para hacerlo o no obtenés respuesta en un plazo razonable, podés interponer una acción de amparo en sede judicial. Para ello, es importante que exijas a la escuela que justifique su conducta por escrito y debés contar con un/a abogado/a. En caso de urgencia, podés incluir en el amparo una solicitud de medida cautelar requiriendo al Poder Judicial que garantice la continuidad en la escuela común. Aunque la acción judicial se puede intentar sin necesidad de hacer los reclamos previos, recomendamos recurrir primero a la escuela o al Ministerio de tu provincia para evitar judicializaciones innecesarias y darle a la escuela la posibilidad de revertir su conducta.
También podés denunciar este hecho en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
Para solicitar información te dejamos el numero de contacto al (2932) 469674