
El Gobierno nacional fijó las condiciones bajo las cuales deberán invertirse los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado para colaborar con los empleadores en el pago de indemnizaciones y otras obligaciones derivadas de la finalización de una relación laboral.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa busca preservar los aportes realizados por los empleadores y garantizar que exista dinero disponible al momento de afrontar un despido.
Según lo dispuesto, los fondos podrán colocarse en títulos de deuda del Estado nacional, bonos emitidos por las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, depósitos bancarios y obligaciones negociables de empresas privadas.
En el caso de los títulos provinciales y las obligaciones negociables, deberán contar con autorización de oferta pública, negociarse en mercados habilitados y tener una calificación de riesgo “AAA” otorgada por al menos dos calificadoras registradas.
También se establecieron límites para evitar que los recursos queden concentrados en una misma inversión. Los depósitos en una entidad financiera no podrán superar el 15% del patrimonio del fondo. La deuda provincial tendrá un límite general del 15% y un máximo del 5% por jurisdicción.
Por su parte, las obligaciones negociables privadas podrán representar hasta el 20% de la cartera, con un tope del 10% por empresa emisora. Las inversiones vinculadas con la evolución del dólar no podrán superar el 10%.
Además, las administradoras deberán mantener al menos un 10% del fondo en activos de alta liquidez y bajo riesgo, para disponer rápidamente del dinero cuando sea necesario.
Todos los instrumentos deberán estar integrados y ser pagaderos en pesos, además de ser emitidos y negociados dentro de la Argentina. La normativa también prohíbe que las entidades administradoras coloquen el dinero en instrumentos propios o de empresas vinculadas.
La Comisión Nacional de Valores tendrá un plazo de 45 días para dictar las normas complementarias necesarias para implementar el nuevo esquema.
El Fondo de Asistencia Laboral no elimina la responsabilidad del empleador ni reemplaza los derechos indemnizatorios del trabajador. Su finalidad es reunir recursos que permitan asistir a las empresas al momento de afrontar una desvinculación laboral.
La resolución comenzará a regir este jueves 13 de agosto, un día después de su publicación.




